Compartimos la columna de opinión de nuestro socio, el abogado Gonzalo Sánchez Serrano, en el contexto del mega incendio que afectó la zona central de nuestro país hace unas semanas.
Son las 5 de la mañana, un bosque comienza a incendiarse y el intrépido Juan Luis Ruz a cargo del cuidado del bosque ubicado en Matanza, no lo duda un segundo, y contra la instrucción de los propietarios del bosque de privilegiar la seguridad personal y no acercarse logra saltarse los controles, para finalmente entrar al bosque con una pala para echar tierra sobre las llamas y contribuir aunque sea modestamente a aplacar el fuego que empezaba a extenderse en forma, dramática.
Hablo con conocimiento porque Juan Luis está a cargo de un bosque que pertenece a mi familia dado lo cual tuve acceso directo a su testimonio personal. En el fragor de su esfuerzo por apagar el incendio repentinamente se escuchó un ruido ensordecedor y al mirar hacia el cielo distinguió un volumen gigante, volando a la altura de la copas de los árboles que dejó caer una descarga descomunal de agua “fue como una ola del mar que reventara con toda su fuerza sobre mi” dijo Ruz al relatar la experiencia de estar justo en el lugar.
Al oír este testimonio directo de la eficacia del super tanker, no se entiende el empecinamiento e ingratitud de algunas autoridades de bajarle el perfil al generoso aporte de nuestra compatriota Lucy Ana Avilés, predicando su ineficacia y tildando su efecto de “simple llovizna… de un avión que solo puede volar a gran altura…. sin producir un beneficio real…”. realidad es otra, en una sola descarga, el avión cisterna logró salvar el 80 % del bosque. García Marquez acuñó el término “realismo mágico” para un contexto mucho más interesante, aquí solo cabe hablar de “cretinismo mágico” pues la sin razón y la pequeñez campean no solo en el manejo e improvisación de esta tragedia nacional sino en la forma de comunicarla. (estoy convencido de que hay un infiltrado en el equipo de comunicaciones del gobierno).
Por otro lado tengo la impresión que nuestro ex – anónimo héroe tiene alma de periodista, porque a pesar de terror de ver avecinarse al mega avión no resistió la tentación de registrar mediante su celular el momento en que el agua le caería exponiéndolo a un riesgo pero a la vez a una inesperada exposición mediática para el cual no estaba preparado. En efecto, dado que me desempeño como abogado de propiedad intelectual, Juan Luis Rus me contactó inmediatamente para asesorarlo acerca de cómo lidiar con la viralización de su video ya que estaba recibiendo ofertas para firmar contratos de todas partes del mundo para que otorgara su autorización para utilizar su video doméstico.
Como académico de propiedad intelectual, me parece interesante constatar que todos las ofertas contractuales de los medios internacionales comenzaban con la pregunta ¿fue usted efectivamente el que filmó el video? con la cual dan cuenta de un pleno reconocimiento de un derecho de autor sobre los videos domésticos que circulan por millones en las redes sociales. En efecto, si bien es cierto que muchas personas suben voluntariamente videos personales anecdóticos para que circulen libremente en la internet, ello no implica que dichas filmaciones no estén protegidas por el derecho de autor. Muy por el contrario, dichas producciones audiovisuales están protegidas a nivel nacional e internacional con penas hasta de cárcel Ley (17.336) y Convenio de Berna entre otros, de ahí la cautela de los medios de comunicaciones de acercarse a Ruz, con lápiz y contrato para resguardarse legalmente Todos aquellos videos virales que circulan usualmente en medios como youtube, están accesibles o porque sus autores han accedido a que dichos contenidos circulen gratuitamente en la internet, abdicando de sus derechos patrimoniales sobre sus videos o bien porque han celebrado un contrato con agencias especializadas en videos virales domésticos que compran los derechos a los autores para luego comercializarlos bajo la forma de distintos modelos de negocios que permiten capturar millones de visitas generando el interés de empresas que necesitan un alta exposición de su publicidad. En este horizonte la experiencia de Ruz nos lleva a reflexionar sobre una realidad jurídica que consiste que todo video que produce un particular en su celular es susceptible de protección autoral y le asiste el derecho de impedir su reproducción, capitalizar patrimonialmente su uso y ejercer las acciones legales en caso de reproducción no autorizada.